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El Juzgado de lo Penal número 1 de Ciudad Real ha absuelto a dos porteros y al encargado y copropietario en septiembre de 2016 de tres locales de ocio nocturno de Puertollano del delito contra los derechos fundamentales por el que habían sido encausados por la Fundación Secretariado Gitano, que les acusaba de negar el acceso a tres jóvenes gitanos a estos locales.
Según la sentencia, de 30 de enero, consultada por Europa Press, no ha quedado acreditado que los encausados sean autores de los hechos que se les imputan habida cuenta de que las declaraciones de los tres denunciantes han sido "contradictorias" y conforme a "meros indicios o sospechas insuficientes".
El juzgado concluye que las manifestaciones de los denunciantes "no han sido persistentes y sin contradicciones", y no han sido corroboradas en el acto del plenario por la prueba testifical practicada, por lo que no ha resultado acreditado en modo alguno que la causa o motivo de que en determinadas ocasiones no se les haya permitido la entrada a las discotecas objeto de enjuiciamiento esté motivada por discriminación por razón de pertenencia a la etnia gitana, tal y como exige el tipo penal previsto.
Asimismo, según la sentencia, "de la prueba practicada no puede descartarse, con la rigurosidad que el Derecho Penal exige, que en momentos puntuales, nunca de forma general habida cuenta de las fotografías obrantes en actuaciones, no se les dejara pasar por cualesquiera otras razones tales como aforo, vestimenta o razones de seguridad".
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en la Audiencia Provincial de Ciudad Real.
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