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Los juzgados y tribunales españoles dictaron autos de apertura de juicio oral o de procesamiento contra un total de 119 personas --85 físicas y 34 jurídicas-- por presuntos delitos de corrupción durante el primer trimestre de 2023.
Así lo revela el repositorio de datos sobre procedimientos por corrupción del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tras la incorporación de la información correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de este año, que también incluye el número de sentencias dictadas, que fue de 15.
Según ha explicado el órgano de gobierno de los jueces en una nota informativa, los datos corresponden a la denominada corrupción pública, entendiendo que es ésta la que más altos índices de preocupación causa en la ciudadanía. De este modo, los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política.
Estos fenómenos se recogen en el Código Penal como delitos de prevaricación urbanística, prevaricación de funcionarios públicos, infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función y receptación y blanqueo de capitales.
ANDALUCÍA, LA CCAA CON MÁS ACUSADOS
Según la información facilitada por el CGPJ, la comunidad autónomas con más personas acusadas es Andalucía, con 66 físicas y 32 jurídicas en un total de 5 procedimientos. Le sigue la Comunidad de Madrid, con 10 personas físicas y 2 jurídicas acusadas; la Comunidad Valenciana, con 8 personas físicas; y Cataluña con una persona física.
Durante el primer trimestre de 2023, ninguno de los órganos centrales --ni el Tribunal Supremo ni la Audiencia Nacional-- registraron procedimientos por delitos de corrupción.
Por su parte, en el desglose del apartado referente a las sentencias dictadas consta que entre enero y marzo de este año se dictaron 15 sentencias por casos relativos a este tipo de delitos. Unas 10 fueron total o parcialmente condenatorias y 5 absolutorias, "lo que supone que el fallo condenatorio fue en dos de cada tres --el 66,6%-- de los casos.
La información ofrecida detalla si las sentencias han sido absolutorias o condenatorias y, dentro de éstas últimas, si lo han sido con o sin conformidad, así como si han sido parcialmente condenatorias (tanto porque no se haya condenado por todos los delitos por los que se acusaba o porque no se haya condenado a la totalidad de los acusados).
Según las tablas, se dictaron 2 sentencias sin conformidad en la Audiencia Nacional; 1 parcialmente condenatoria y 3 absolutorias en Andalucía; 1 condenatoria sin conformidad en Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana y Murcia. Y una absolutaria en Castilla y León y Madrid.
El juez de la Audiencia Nacional encargado de la instrucción del 'caso Pujol', Santiago Pedraz, tiene previsto elevar a la Sala de lo Penal el procedimiento para la fijación de fecha para juicio una vez que el clan familiar haya procedido al expurgo de los documentos personales que constan en la causa donde se investiga en el origen de su patrimonio familiar.
Fuentes jurídicas han señalado a Europa Press que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 dará este paso el próximo mes de septiembre, cuando expire el plazo que amplió esta misma semana. Será entonces cuando la Sala de lo Penal ponga fecha para la celebración de la vista oral.
En lo referido a ese plazo, el magistrado dio dos meses más a los Pujol para que informasen sobre los documentos que propone excluir de la causa. El juez Pedraz acordó prolongar el periodo para que el clan analizase sus archivos después de que la Fiscalía informase a favor de la ampliación, una petición "razonable considerando los archivos informáticos afectados".
LOS PUJOL: "UNA ORGANIZACIÓN CRIMINAL"
Cabe recordar que el anterior instructor, el magistrado José de la Mata, propuso juzgar en 2020 a los miembros de la familia Pujol Ferrusola por delitos de organización criminal o asociación ilícita, blanqueo de capitales, delito contra la Hacienda Pública y falsedad documental.
La Sala de lo Penal confirmó en abril de 2021 el auto de pase a procedimiento abreviado apuntando a una actuación "claramente concertada de todos los integrantes de la familia Pujol" consistente en la apertura y cierre simultaneo de cuentas bancarias en el extranjero, así como de movimientos de fondos entre ellas, que indiciariamente obedecería a una estrategia orientada a ocultar su origen y que el auto conecta con operaciones ilícitas determinadas que tuvieron como consecuencia determinadas resoluciones de la administración autonómica catalana.
"Se trata de una serie de actuaciones, prolongadas en el tiempo, de todos los miembros de la familia investigados, que el auto sustenta en los correspondientes elementos indiciarios extraídos de la labor del instructor, determinando también, con igual engarce en las actuaciones, los respectivos papeles asumidos por cada miembro, en el plano provisional propio de esta fase procesal", explica el auto.
Cabe recordar que, además de contra toda la familia Pujol Ferrusola, el magistrado instructor procedió también contra otras 18 personas que habrían participado o colaborado en las actividades ilegales, entre ellos Mercé Gironés, o los empresarios Luis Delso Heras y Carlos Sumarroca Claverol.
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