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La Audiencia de Barcelona ha impuesto penas de entre 10 y 12 años a cinco miembros de la 'manada' de Manresa, mayores de edad, por la violación múltiple a una niña de 14 años en Manresa (Barcelona) en 2016, y les condena por delito de abuso sexual a menor, pese a que Fiscalía al final del juicio acusó por agresión sexual, según la sentencia de la Sección 22 recogida por Europa Press.
El tribunal también les condena a pagar una indemnización de 12.000 euros a la víctima, mientras que absuelve a otros dos acusados en el juicio, ya que sobre uno de ellos no ha quedado probado que participara en los abusos y del segundo dice que tampoco se ha acreditado que incurriera en el delito de omisión del deber de impedir delitos.
Los hechos ocurrieron en octubre de 2016 en Manresa, cuando un grupo de jóvenes acudió a una fábrica abandonada --en el Camí Torre d'en Viñas-- para realizar un 'botellón' y los cinco abusaron de la menor cuando estaba inconsciente, tras haber tomado alcohol pese a su "baja tolerancia" y fumado marihuana.
El tribunal considera que se trata inequívocamente de un delito de abuso sexual al quedar demostrado que la víctima estaba inconsciente y "sin poder determinarse y aceptar o oponerse a las relaciones sexuales", pero no ve violencia o intimidación en los hechos.
Según relata la sentencia, cuando la menor quedó inconsciente, Bryan A. se la llevó a una caseta en la zona de la fábrica abandonada, donde este abusó de ella en una primera ocasión y avisó al resto de condenados, Daniel D., Yordanis de J., Walter D. y Maikel P., que la penetraron por turnos.
Bryan A. y Maikel P. volvieron a abusar de la víctima cuando ya se habían ido los otros tres jóvenes --por lo que el tribunal les impone la condena máxima por abuso continuado--, y días después Bryan A. contactó con tres personas antes de que testificaran para decirles que no hablaran de lo sucedido si no querían tener problemas.
SORPRESA POR EL "CAMBIO" DE FISCALÍA
En la sentencia, la Audiencia también indica que "ha sorprendido al tribunal el cambio de calificación jurídica del Ministerio Fiscal en sus conclusiones, porque la prueba practicada en el plenario apoyó su calificación provisional de abusos, y en cambio no aportó elementos que justificaran mutar los abusos en agresiones sexuales".
Los magistrados consideran que la víctima estaba inconsciente y que los cinco jóvenes abusaron de ella "sin usar ningún tipo de violencia o intimidación para vencer una oposición que no existió u obtener un consentimiento que la mujer no estaba en condiciones de poder dar" --a pesar de remarcar que el consentimiento en este caso es irrelevante al ser la niña menor de 16 años--.
Al valorar las indemnizaciones, la Audiencia afirma que "el ataque a la indemnidad sexual de la víctima fue extremadamente intensa y especialmente denigrante, y además se produjo sobre una menor que se encontraba en situación de desamparo".
Por P. Moratilla
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