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SEO/BirdLife y Ríos con Vida celebran la sentencia favorable del recurso que presentaron en el Tribunal Supremo sobre una modificación de la normativa impulsada por el Gobierno que perjudicaba al estado de los ríos y humedales al permitir reducciones generalizadas de los caudales ecológicos.
La sentencia, que supone un paso muy positivo en la protección de nuestros ríos y humedales, es firme, y no cabe recurso contra la misma, aunque según las ONG son necesarios más avances en el establecimiento y aplicación del régimen de caudales ecológicos.
Las organizaciones ambientales Ríos con Vida y SEO/BirdLife presentaron un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 638/2016 por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico en materia de caudales ecológicos. Estas organizaciones, junto con WWF, celebran la sentencia firme del Tribunal Supremo -tan positiva para la protección de nuestros ríos y humedales- que declara la nulidad del apartado segundo del artículo 49 quinquies, relativo al “control y seguimiento del régimen de caudales ecológicos”.
Este artículo permitía reducciones generalizadas en la aplicación de los caudales ecológicos determinados por los planes hidrológicos, incluidos los que estuvieran en Red Natura 2000, humedales Ramsar y reservas naturales fluviales. Es especialmente significativa porque su alcance se extiende a todos los ríos y humedales del país y a todas las demarcaciones hidrográficas, y con ello se garantiza que no se perjudicará su régimen de caudales ecológicos. La sentencia, además, es firme y, por tanto, no cabe recurso contra la misma.
La reforma de los caudales ecológicos en el Reglamento de 2016, ante la que las entidades conservacionistas interpusieron un recurso ante el Tribunal Supremo en 2017 y que ahora estima dicho Tribunal, suponía una regresión ambiental de primer orden para los ecosistemas acuáticos del territorio español, especialmente en el punto principal del recurso, que permitía reducciones generalizadas en la aplicación de los ya de por sí ridículos caudales mínimos fijados en los planes hidrológicos.
El Tribunal Supremo afirma que es indudable que, como afirman en su recurso SEO/BirdLife y AEMS-Ríos con Vida, “esas exclusiones sobre las exigencias que se imponen en los planes en el régimen de los caudales ecológicos, desnaturalizan el propio régimen que se impone vigilar a los Organismos de Cuenca”, lo cual es manifiestamente contrario a las exigencias de la Ley de Aguas.
La regulación anulada suponía una grave e importante regresión en materia de protección medioambiental de los ríos y humedales de nuestro país, que según los expertos podía conllevar importantes impactos medioambientales sobre la conservación de los espacios fluviales y sus hábitats y ecosistemas asociados. El propio Consejo de Estado, había indicado, que la amplitud de las exclusiones en el artículo ahora anulado podían vaciar de contenido y alterar profundamente los regímenes de caudales ecológicos, haciéndolos irreconocibles.
Esta sentencia favorable del Tribunal Superior supone, por tanto, un paso muy positivo en el cumplimiento efectivo del régimen de caudales ecológicos, lo que ayudará a la mejora de la calidad de las aguas continentales españolas y el estado de conservación de sus hábitats y especies asociadas. Asimismo, la sentencia es acorde a las exigencias estatales y comunitarias, especialmente con los objetivos medioambientales de la Directiva Marco del Agua (DMA).
Las organizaciones ambientales recuerdan que el régimen de caudales ecológicos está formado por cuatro componentes: caudales mínimos, máximos y caudales generadores, y tasas de cambio. Siendo muy importante que los mismos tengan una distribución temporal adecuada, según la estación del año. Sin embargo, las tres ONG señalan que los planes hidrológicos siguen sin asumir todos los componentes y por lo tanto el pleno cumplimiento de las obligaciones legales en esta materia. De hecho, apuntan que el último informe de seguimiento de los planes hidrológicos, correspondiente al año 2017[iii], reconoce que tan sólo el 76,9% de los ríos cuentan con caudales mínimos establecidos, el 9% con caudales máximos, un 8,7% con caudales generadores y un 11,4% con tasas de cambio. Una penosa situación que, sin duda alguna, perjudica a la calidad hidromorfológica de los ríos, dificulta la consecución de los objetivos ambientales y amenaza, especialmente, a las poblaciones piscícolas y a los ecosistemas acuáticos y terrestres asociados a ríos y humedales.
Junto a un centenar de organizaciones ambientales de toda Europa, SEO/BirdLife, Ríos con Vida y WWF España se suman a la campaña #ProtegeTuAgua para exigir que se mantenga la Directiva Marco del Agua con su ambición actual y se mejore su implementación. Para sumarse y firmar la petición, hay que visitar la página de la campaña #ProtegeTuAgua en: www.seo.org/protegetuagua
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Por P. Moratilla
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