DCLM.ES · Castilla-La Mancha · Sociedad
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una enfermera de urgencias que prestaba sus servicios en la provincia de Toledo a cobrar la prestación por riesgo durante la lactancia natural al entender que en su puesto de trabajo, sobre el que no se hizo un examen "específico", tiene riesgos que pueden perjudicar las tomas alimenticias del menor.
En una sentencia de la Sala de lo Social del alto tribunal estima el recurso presentado por la trabajadora del SUMMA 112 contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que, al igual que el juzgado de los Social número 2 de Toledo, confirmó la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que le denegó el cobro de dicha prestación al considerar que su trabajo no es una actividad de riesgo.
La enfermera de la Unidad de Asistencia Domiciliaria Rural de urgencias médicas en Castilla-La Mancha solicitó a la Seguridad Social, tras finalizar su baja por maternidad en 2012, la prestación de riesgo por lactancia natural, ya que tuvo que alimentar a su hijo exclusivamente de este modo por razones médica.
Según relata la sentencia del alto tribunal, el informe de evaluación de riesgos de su puesto de trabajo que se realizó entonces sólo aludía a riesgos "genéricos" por el manejo de productos químicos (alcohol, lejía), los cortes y pinchazos con material utilizado en limpieza y desinfección, la exposición a agentes químicos y biológicos (vómitos, sangre, fluidos corporales) y la carga mental por trabajo nocturno y a turnos.
EVALUACIÓN DE RIESGOS "ESPECÍFICOS"
El tribunal señala que la situación que en casos como el que se ha estudiado, la empresa está obligada a suspender el contrato mientras el menor no alcance nueve meses si no ha podido adoptar las condiciones o el tiempo de trabajo ni cambiar a la trabajadora de puesto. La enfermera, a laque se le ha reconocido el riesgo durante el embarazo en dos ocasiones --apunta el Supremo--, disfrutó tras su reincorporación posterior a la baja por parto dos permisos sucecivos y una excedencia para cuidar de su hijo.
Aunque consta que la empresa no ofreció ni la modificación de condiciones, ni la recolocación alguna, el Supremo indica que el hecho de que haya disfrutado de varios permisos y de una excedencia evidencia que no se hizo una evaluación de riesgos "específicos", ni "hace particular mención ni precisión sobre la afectación de las condiciones del puesto sobre la eventual situación de lactancia de la trabajadora". Añaden los magistrados que la constatación del listado de riesgos comunes de dicha actividad basta para sostener que no cabe duda del efecto que algunos de ellos tiene sobre la lactancia materna.
Para llegar a esta conclusión, la Sala ha revisado su doctrina y recurre a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 19 de octubre de 2017, en la que impone a un empresario el deber de determinar directamente o por medio de los servicios de prevención, la evaluación del riesgo de las trabajadora en periodo de lactancia. Es decir, se requiere un examen específico que tenga en cuenta su situación individual para determinar si su salud o la de su hijo están expuestas a un riesgo.
PELIGRO DE TRANSMISIÓN DE ENFERMEDADES
Asimismo, la Sala destaca que el mero desempeño de la actividad laboral dificulta la lactancia natural. En este sentido, el tribunal dice que para reconocer este derecho no basta con que exista un peligro de transmisión de enfermedades de la madre al hijo, sino también con la "imposibilidad real" de que el menor realice las "imprescindibles tomas alimentarias".
"No cabe, pues, limitar la perspectiva de la presencia de riesgos a la exposición a contaminantes transmisibles por vía de la leche materna, porque con ello se estaría pervirtiendo el objetivo de la norma que pretende salvaguardar el mantenimiento de la lactancia natural en aquellos casos en que la madre haya optado por esa vía de alimentación del hijo", subraya el tribunal.
En el caso de trabajo a turnos o con horarios y jornadas que impidan la alimentación regular del menor, el Supremo ve necesario tomar en consideración la efectiva puesta a disposición de la trabajadora de las condiciones necesarias que permitan la extracción y conservación de la leche materna.
Por P. Moratilla
Las temperaturas oscilarán entre los 5 y los 25 grados en Albacete, entre los 11 y los 26 en Ciudad Real, entre 5 y 25 grados en Cuenca, entre 8 y 25 grados en Guadalajara y entre 11 y 26 grados en Toledo.el...
¿Ya has pensado que harás este fin de semana? Aquí tienes algunas sugerencias.
Toda la actualidad deportiva en la región, para esta jornada.
Toda la actualidad relevante en Tribunales de Justicia.
Concepción Cedillo ha participado, junto a la alcaldesa de Esquivias, Almudena González, el vicepresidente, Juan Carlos Sánchez, y el diputado, Tomás Arribas, del acto de lectura con motivo del Día del...
Últimas noticias relacionadas con la discapacidad, la accesibilidad y la dependencia.
La compañía ha destacado su compromiso con el empleo largo plazo, ofreciendo puestos de trabajo estables e indefinidos.
Últimas noticias sobre Salud.
Últimas noticias sobre economía y seguridad en el hogar.
La noticia musical.
Últimas noticias sobre el mundo del motor y tráfico.
Última hora del conflicto Israel-Palestina.
La Guardia Civil halló la factura en el registro del pasado 1 de abril en República Dominicana
García-Page se compromete a seguir trabajando en la Estrategia del Pueblo Gitano de Castilla-La Mancha. Ha recordado que tanto la Constitución como el sentido común "dejan muy claro que todos los españoles...
Sobre la política hidráulica de CLM, Gómez ha remarcado que es "imprescindible" acelerar el cambio de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura
La Comisión de seguimiento del convenio de colaboración con la UCLM se ha reunido en Ciudad Real donde han analizado las actuaciones en curso entre las que se encuentran las exhumaciones en los cementerios...
Para ello ha abierto una convocatoria de 120.000 euros.
El Gobierno regional destaca el papel que desempeñan las enfermeras en el abordaje de la cronicidad, el envejecimiento y la fragilidad
Sigue en directo toda la actividad de nuestras Cortes
Plenos, Comisiones y comparecencias de portavoces en conferencias informativas.
DCLM.es. se reserva todos los derechos como autor colectivo de este periódico y, al amparo del art. 32.1 de la Ley de Propiedad Intelectual, expresamente se opone a la consideración como citas de las reproducciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revista de prensa. Sin la previa autorización por escrito de la sociedad editora, esta publicación no puede ser, ni en todo ni en parte, reproducida, distribuida,comunicada públicamente, registrada o transmitida por un sistema de recuperación de información, ni tratada o explotada por ningún medio o sistema, sea mecánico, fotoquímico, electrónico, magnético, electro óptico, de fotocopia o cualquier otro en general.