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CONSUMO. Atresmedia sancionada por emitir publicidad encubierta de una bebida alcohólica en 'El Hormiguero'

Últimas noticias sobre seguridad y economía doméstica.
Hoy además... FACUA denuncia a cuatro culturistas por promocionar en sus redes sociales la compra de sustancias dopantes prohibidas por la legislación

10.10.2024

Sociedad en Castilla-La Mancha

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Atresmedia sancionada por emitir publicidad encubierta de una bebida alcohólica en 'El Hormiguero'

Susto en directo! Pablo Motos abandona 'El Hormiguero' por un contratiempo  de saludLa Comisión de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha sancionado a Atresmedia por emitir publicidad encubierta de una bebida alcohólica durante la emisión del programa 'El Hormiguero', que presenta Pablo Motos en el 'access prime time' de Antena 3.

De este modo, la CNMC ha constatado que en el programa emitido el 26 de junio de 2023 se mostraron imágenes y se mencionó una bebida alcohólica de 36 grados, fuera del horario permitido para su promoción y sin advertir que se trataba de publicidad. "Esta presentación, disfrazada como parte del contenido del programa de entretenimiento, podría inducir a los espectadores a confusión o error", ha informado el organismo de supervisión y control.

Esta emisión vulnera el artículo 122.3 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) que prohíbe la publicidad encubierta. Además, vulnera el artículo 123.4 de la LGCA que regula la publicidad que fomenta comportamientos nocivos para la salud y prohíbe "la comunicación comercial audiovisual de bebidas alcohólicas con un nivel superior a veinte grados, excepto cuando sea emitida entre la 1.00 y las 5.00 horas".

La CNMC ha detallado que las dos multas impuestas, por importe global de 579.374 euros, se han reducido un 40 por ciento por reconocimiento expreso de la responsabilidad (20%) y pago anticipado de la sanción (20%).

FACUA denuncia a cuatro culturistas por promocionar en sus redes sociales la compra de sustancias dopantes prohibidas por la legislación

La vigorexia esconde obsesiones y acoso escolar | RTVE.esFACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a cuatro culturistas profesionales por promocionar en sus contenidos en redes sociales el uso de esteroides anabolizantes, sustancias dopantes prohibidas por la legislación.

En concreto, se trata de la tres veces campeona del mundo Paloma Parra, el competidor en Mr. Olympia Rubén López Reyes, el campeón de España y campeón del mundo de culturismo en categoría junior Roberto Castellano y el culturista y creador de contenido Dani de Gea, Tienen publicados vídeos y otros contenidos en los que hablan de las ventajas del uso de anabolizantes, en concreto de los llamados Sarms, todo ello acompañado de códigos de descuento para poder adquirirlos en diferentes páginas web.

Los Sarms (moduladores selectivos de los receptores de andrógenos) aparecen en el listado de sustancias prohibidas que recoge la Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte. Así, la norma señala en su apartado S1.2: “incluidos, entre otros: Clembuterol, moduladores selectivos de los receptores de andrógenos (SARM, por ejemplo, andarina, enobosarm [ostarina], LGD-4033 [ligandrol], RAD140, S-23 e YK-11), osilodrostat, ractopamina, zeranol y zilpaterol)”.

Junto con la promoción de las sustancias químicas, los influencers también publicitan páginas web —en los que aplicar los códigos de descuento que anuncian— que venden estos productos prohibidos por la normativa. Es el caso de Biaxxol Supplements, que comercializa el Sarm MK677 o de Predator Nutrition, que vende varios químicos de esta categoría.

Incitación a su uso

Así, FACUA señala que estos influencers del mundo del culturismo dedican parte de su contenido a hablar de estas sustancias, presentándolas en muchos casos como ventajosas para las rutinas de ejercicio que realizan. Aunque en algunos casos comienzan indicando que “desaconsejan su uso“, lo cierto es que inmediatamente después exponen una serie de recomendaciones para su consumo.

Es el caso de Dani de Gea (DaniValhalla en redes sociales), que señala en uno de sus vídeos toda la rutina de consumo de sustancias que realiza, indicando cómo debe hacerse. En los comentarios a esa publicación, además, recoge una serie de códigos de descuentos específicos asociados a su nombre para poder obtener estos productos a un mejor precio: “SARMS BIAXOL 10%DTO DANI“.

Rubén López Reyes, por su parte, en su perfil de Instagram ha llegado a indicar, literalmente que “puedo decir que el cardarine es un compuesto muy particular entre los atletas y culturistas que buscan mejorar su rendimiento y su salud en general. […] Además, se ha demostrado que el cardarine ayuda a aumentar la producción de energía y mejorar la función metabólica“.

Pero lo cierto es que el cardarine, cuyo nombre oficial es GW501516, se encuentra igualmente incluido entre las sustancias prohibidas por la Resolución citada anteriormente. Esta publicación de López, además, va acompañada del mensaje “CÓDIGO DE DESCUENTO: RUBENLOPEZ“.

Paloma Parra es otra de las que menciona los usos positivos de los Sarms. “los SARMS son una muy buena opción para sustituir sustancias nocivas para el organismo con apenas efectos secundarios. Los SARMS-NG Labs tienen todos sus controles de calidad pasado y su ficha, que podréis encontrar en la página web newgenlabs.es/tienda/“, indica en Instagram, y finaliza con “si usas mi código PALOMA tendrás un 10% de descuento“.

Por otro lado, la web de Roberto Castellano, Academia Roberto Castellano, tiene un apartado concreto en el que señala “todo lo que quieras saber de química. Contenido preparado desde el punto de vista profesional“. Si bien en algunas de las publicaciones alerta de los posibles riesgos del uso de químicos, en otras ocasiones banaliza el empleo de estas sustancias.

Como ejemplo, en la publicación “guía completa sobre los sams”, señala que “los SARMs son selectivos y no dañarán a otros tejidos y solo afectarán a los que causan que aumente el tamaño de nuestros huesos y músculos. Trabajan sin afectar el hígado u otros órganos, no amenaza a la próstata ni reduce la libido como otras drogas, ni tampoco convierte el estrógeno a dihidrotestosterona, lo que podría causar pezones hinchados“.

Ausencia de control

En este sentido, FACUA señala que la propagación de estos mensajes resulta especialmente preocupante teniendo en cuenta que no existe ningún tipo de control para evitar que los colectivos especialmente vulnerables —como los menores— se vean expuestos a ellos y normalicen el uso de estas sustancias, con el consecuente riesgo que puede suponer su consumo para su salud, al ser lanzados a través de las redes sociales.

Cabe destacar que estas publicaciones y vídeos no se limitan a contar la experiencia de sus protagonistas con estas sustancias —lo que podría considerarse simplemente como libertad de expresión— sino que van más allá y se extralimitan en este derecho al realizar un incentivo claro y directo del consumo de anabolizantes, que presentan en muchos casos como positivos y ventajosos.

Es decir, estos influencers, que poseen decenas de miles de seguidores en sus distintos perfiles, fomentan el uso de productos químicos por cualquier persona y sin ningún tipo de control o supervisión médica, con independencia de su edad y o condición, además de promocionar luego su compra a través de determinadas plataformas web, con el consiguiente enriquecimiento.

Y todo ello en un contexto en el que el fallecimiento de personas que consumen estos productos está siendo recurrente. Así, recientemente se ha conocido la noticia de la muerte del culturista, influencer y promotor de estas sustancias Villano Fitness, y del también culturista y creador de contenido Illia Golem, que reconocía realizar una dieta basada en anabolizantes, insulina y un aceite inyectable llamado Synthol, con graves riesgos para la salud a largo plazo.

Por todo ello, FACUA espera que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 realice una investigación sobre los hechos y abra los correspondientes expedientes sancionadores contra estos cuatro influencers y las webs de venta por promocionar sustancias dopantes y que pueden resultar perjudiciales la salud.

Consumo alerta de la presencia de compuesto psicoactivos en gominolas procedentes de la República Checa

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), perteneciente al Ministerio de Consumo, ha emitido dos alertas en relación a la presencia en gominolas, procedentes de Republica Checa, de compuestos psicoactivos, por un lado por contener hexahidrocannabinol (HHC), derivado del cannabis, y, por otro, muscimol que proviene de ciertos hongos alucinogenos.

En primer lugar, la AESAN ha tenido conocimiento a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), de una notificación de alerta trasladada por las autoridades sanitarias de la Comunidad de Madrid relativa a la presencia de hexahidrocannabinol (HHC), en el producto 'Brandin's HHC Gummies' 60% HHC de la marca Cannabis Innovation CBD.

Existe la posibilidad de comprar a través de Internet el producto alimenticio mencionado y otros similares con HHC en su composición, y su consumo implica un riesgo grave para la salud. Se recomienda a las personas que tengan en su domicilio el producto afectado por esta alerta, o cualquier producto con HHC en su composición, se abstengan de consumirlos.

Por otro lado, la AESAN ha tenido conocimiento a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), de una notificación de alerta trasladada por las autoridades sanitarias de la Comunidad de Madrid relativa a la presencia de Muscimol, en el producto 'Magic Gummies Muscimol' 28g.

Existe la posibilidad de comprar a través de Internet el producto alimenticio mencionado y otros similares con muscimol en su composición, y su consumo implica un riesgo grave para la salud.

En ocasiones, el etiquetado de estos productos, y otros similares, incluyen leyendas del tipo 'No destinado al consumo' o 'Producto de coleccionismo'. No obstante, son productos con apariencia de alimentos y, por tanto, se consideran alimentos que se ponen a disposición de la población, siendo además especialmente atractivos para los niños. Ambos productos están envasados y las alertas afectan a todos los lotes.

El consumo de alimentos con Muscimol (componente psicoactivo, responsable de los efectos psicotrópicos de la Amanita muscaria) en su composición, y su consumo, implica un riesgo grave para la salud. Se recomienda a las personas que tengan en su domicilio productos afectados por esta alerta, se abstengan de consumirlos.

La contratación de una hipoteca fija cae hasta el 56% en 2024

El 56% de los demandantes de vivienda que han comprado ente año mediante hipoteca optó por un crédito a plazo fijo, trece puntos porcentuales menos que en 2023 (69%), según datos del informe 'Perfil del hipotecado español en 2024' de Fotocasa.

Por su parte, el peso de los compradores que en su primer contacto con el banco preferían la hipoteca mixta pasa del 8% al 19%, un salto de once puntos porcentuales, mientras que las hipotecas variables, que en 2023 cayeron hasta el 16%, vuelven a retroceder y pierden otro punto más, hasta el 15% este año.

En la preferencia por la hipoteca a plazo fijo destaca, como principal motivo, la estabilidad que procura (57%), además de la tendencia al alza del Euríbor (29%) o los intereses que aplica (28%).

En cuanto a quienes escogen las hipotecas variables, un 29% la eligió por adaptarse mejor a sus necesidades, mientras que un 25% lo hizo porque era la que ofrecía mejores condiciones.

Para la directora de Estudios y portavoz de Fotocasa, María Mato, el auge de las hipotecas mixtas y el desplome de las fijas se debe a que la evolución actual del Euríbor hace que a los bancos le compense más que los clientes se mantengan en el tipo variable, y por ello las hipotecas mixtas son el nuevo producto estrella.

LIGERO REPUNTE DE LOS DEMANDANTES DEL 100% DE HIPOTECA

En la mayor parte de los casos, las personas que para adquirir un inmueble solicitan una hipoteca no suelen pedir financiación por el coste total de la misma. De este modo, los que demandan una hipoteca por valor del 100% del inmueble fueron únicamente el 5%, un punto porcentual más que al año 2023, un ligero repunte todavía lejos del 12% que suponía hace seis años.

Desciende, por otra parte, la cifra de los compradores que solicitan financiar por más de tres cuartas partes del valor de la vivienda, al bajar del 43% de 2023 al 39% de doce meses después.

El tercer factor que condiciona el crédito es el plazo en el que se va a pagar. En este sentido, las hipotecas más numerosas son las que se contratan a entre 25 y 30 años, que representan el 35%, tres puntos menos que en 2023. Por otra parte, destaca el fuerte incremento de las que se contratan entre 30 y 35 años, que pasan del 8% al 13%.

Además, de media, los hipotecados piden financiación por el 64% del precio de la vivienda.

FACUA denuncia al Cirque du Soleil por publicidad engañosa

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al Cirque du Soleil ante la Dirección General de Consumo Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por publicidad engañosa: los precios que oferta se inflan al finalizar la compra.

Así, la empresa no incluye el 10% de IVA en el precio de las entradas que aparecen en su web. Ni siquiera aclara que hay que sumarles el impuesto hasta finalizar el proceso de compra.

La asociación también ha solicitado sanciones contra la empresa por impedir el acceso con comida y bebida del exterior a fin de que los usuarios se vean forzados a abonar los elevados importes de dentro del recinto. Hasta 4 euros cobran por 33 centilitros de agua. El personal llega al extremo de registrar los bolsos y mochilas del público a la entrada.

La compañía canadiense tiene programadas decenas de actuaciones de su espectáculo Alegría entre el 28 de septiembre y el 17 de noviembre de 2024 en Sevilla, y entre el 4 de diciembre de 2024 y el 26 de enero de 2025 en Madrid.

En el apartado de compra de entradas aparecen unos precios que no son los que finalmente se les cobra al usuario, ya que no tienen incluido el IVA. Dicha cuantía se añade de manera automática al precio inicial indicado durante la selección de asientos, incrementándose un 10% en el Resumen de pedidos, paso previo a realizar el pago.

Qué dice la ley

El Cirque du Soleil incumple el artículo 60.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, donde se establece la obligación de cualquier proveedor de bienes y servicios de ofrecer “el precio total, incluidos todos los impuestos y tasas”.

La norma deja claro que “en toda información al consumidor y usuario sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio total, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación, utilización de distintos medios de pago u otras condiciones de pagos similares”.

El artículo 97.1 de este mismo Real Decreto también reafirma que, antes de que el consumidor quede vinculado por cualquier contrato a distancia o celebrado fuera del establecimiento, el empresario le facilitará de forma clara y comprensible, con especial atención en caso de tratarse de personas vulnerables “el precio total de los bienes o servicios, incluidos los impuestos y tasas“.

Además, FACUA advierte de que la actividad principal del Cirque du Soleil no es la hostelería sino un espectáculo circense, por lo que la limitación de acceder con comidas y bebidas constituye una cláusula abusiva según se recoge en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) -ahora, Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan)-, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una “cláusula abusiva” ya que el consumidor “se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida”.

Por todo ello, la asociación ha pedido al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que abra un expediente sancionador contra esta compañía canadiense por vulnerar la normativa vigente en materia de defensa de derechos de los consumidores y usuarios.

Sanidad retira un complemento alimenticio con sibutramina, un medicamento para pérdida de peso prohibido en 2010 

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha ordenado la prohibición de la comercialización y la retirada del mercado de todos los ejemplares del complemento alimenticio 'Juliette capsule L-Carnitine Lepidum cápsulas' por contener sibutramina, un principio activo usado para la perdida de peso y prohibido en 2010, por asociarse su consumo a efectos adversos graves de tipo cardiovascular.

La sibutramina es un principio activo anorexígeno (supresor del apetito) que proporciona una sensación de saciedad y además produce un aumento del gasto calórico. Adicionalmente, la sibutramina produce un aumento de la frecuencia cardiaca y la presión sanguínea, que pueden provocar arritmias, cardiopatías isquémicas y accidentes vasculares graves en algunos pacientes. Otros efectos adversos que pueden presentarse con su consumo son sequedad de boca, dolor de cabeza, insomnio, estreñimiento, etc. Además, presenta gran cantidad de interacciones con otros medicamentos.

La retirada se produce tras la alerta de la comandancia de la guardia civil de Ceuta junto con el servicio de vigilancia aduanera de Ceuta. Según el análisis llevado a cabo por el laboratorio oficial de control de la AEMPS, el citado producto contiene la sustancia activa sibutramina en cantidad suficiente para restaurar, corregir o modificar una función fisiológica ejerciendo una acción farmacológica, lo que le confiere la condición legal de medicamento.

"Esta sustancia no se declara en su etiquetado, que indica engañosamente una serie de ingredientes de origen vegetal, dando información falsa sobre su seguridad, pudiendo causar daños graves a la salud de las personas que lo consumen"

OCU exige indemnizaciones para los usuarios de las marcas afectadas por los 'airbags' Takata

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha exigido este lunes que las marcas que han utilizado los 'airbags' del fabricante japonés Takata cubran indemnizaciones a los usuarios de los vehículos afectados, según explica en un comunicado este lunes.

La OCU señala que las principales marcas de coches siguen lanzando nuevas alertas para cambiar sus 'airbags' del fabricante Takata, algunos de cuyos modelos proyectaban fragmentos del hinchador en el momento de la colisión poniendo en riesgo la vida de los pasajeros.

La organización advierte de que en España podrían haberse comercializado más de cuatro millones de coches con este problema en los últimos años, lo que representaría el 15% del parque automovilístico si todos estos coches siguieran circulando.

Los modelos afectados por este problema de seguridad, comercializados entre 1997 y 2018, corresponden a al menos 19 conocidas marcas de automóviles: Audi, BMW, Citroën, Dacia, DS, Ford, Honda, Land Rover, Mazda, Mercedes, Nissan, Opel, Renault, Seat, Skoda, Suzuki, Toyota, Volkswagen y Volvo.

"Y aunque se supone que los fabricantes han ido avisando personalmente a los conductores afectados para cambiarles de forma gratuita el 'airbag' del coche, si el comprador cambió sus datos de contacto o el vehículo cambió de titular, dicha comunicación no habrá podido realizarse", denuncia la organización.

Por eso, pide que, ante la duda, los conductores llamen al Servicio de Atención al Cliente de la marca de su automóvil para consultar si su modelo está entre los afectados; y si así fuera, solicitar el cambio lo antes posible.

En estos casos y dado el retraso, OCU exige a las marcas que indemnicen por daños morales a los conductores. Y en aquellos otros casos donde además no pudiera usarse el coche, tal y como aconsejan Citroën y DS, también por daños y perjuicios.

Por último, la OCU también informa de que se ha puesto en contacto con las marcas de automóviles afectadas con el fin de requerirles además que la operación de sustitución del 'airbag' se realice en un plazo no superior a 48 horas desde la cita en el taller y que, mientras tanto, se le facilite un coche de cortesía o, en su defecto, se abonen 150 euros por cada día que permanezca inmovilizado.

El precio de la luz cae este domingo al nivel más bajo desde junio y costará 0 euros durante siete horas

El precio medio de la electricidad en el mercado mayorista caerá este domingo un 63,64% con respecto al sábado, hasta situarse en los 21,96 euros por megavatio hora (MWh), el mínimo nivel desde el pasado 16 de junio, y llegará a marcar un precio de 0 euros o negativo durante siete horas.

En concreto, entre las 11.00 y las 18.00 horas el precio en el 'pool' se situará en los 0 euros/MWh o apenas costará unos céntimos, según los datos provisionales del Operador del Mercado Ibérico de Energía (OMIE) recogidos por Europa Press.

El precio más alto para la jornada se dará en la medianoche, entre las 21.00 y las 22.00 horas, en el que el MWh ascenderá a los 85,23 euros.

Asimismo, cabe destacar que el precio promedio de la luz en septiembre se situó en los 72,62 euros, mientras que en lo que va de octubre roza los 71,8 euros.

Pese a esa franja horaria en la que luz no tendrá coste, estos precios no se trasladan así exactamente al recibo a esos cero euros, ya que existen unos costes fijos para el consumidor eléctrico, por peajes, cargos y ajustes del sistema.

En ese sentido, cabe recordar que el 'pool' no representa exactamente el importe final en el precio de la luz para un consumidor acogido a la tarifa regulada, ya que con la entrada en 2024 se adoptó un nuevo método de cálculo del PVPC, que incorpora una cesta de precios a medio y largo plazo para evitar las fuertes oscilaciones, sin perder las referencias de precios a corto plazo que fomentan el ahorro y el consumo eficiente.

De esta manera, la proporción de vinculación con el precio del 'pool' se irá reduciendo progresivamente, para incorporar las referencias de los mercados de futuros, de modo que éstos representen el 25% en 2024, el 40% en 2025 y el 55% a partir de 2026.

Europa avala etiquetar como salchicha un producto derivado de proteínas vegetales

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha avalado este viernes que los productos transformados que contienen proteínas vegetales puedan utilizar en su etiqueta denominaciones como "salchicha" o "bistec", incluyan o no precisiones adicionales como "vegetal" o "de soja".

La sentencia da la razón a cuatro entidades francesas que operan en el sector de los productos vegetarianos y vegetales y que se oponían a un decreto del Gobierno francés que prohíbe utilizar estas denominaciones para designar productos transformados que contienen proteínas vegetales se utilicen denominaciones, a fin de proteger la transparencia de la información sobre los alimentos en el comercio.

Estas entidades solicitaron la anulación del decreto al Consejo de Estado francés, que planteó al Tribunal de Justicia varias cuestiones prejudiciales en relación con la interpretación del reglamento.

En respuesta, el TJUE considera que, salvo que se adopte una denominación jurídica, los Estados miembro no pueden prohibir la utilización de términos tradicionalmente asociados a los productos de origen animal para designar un producto que contiene proteínas vegetales.

Al respecto, el Tribunal de Justicia precisa que una medida que se limita a prohibir la utilización de términos como "salchicha" para designar alimentos que presentan ciertas características no equivale a una medida que exija que los alimentos deben cumplir ciertos requisitos para poder usarlos.

No obstante, añade que si una autoridad nacional estima que las condiciones específicas de venta o de promoción de un alimento inducen a engaño al consumidor, podrá actuar contra el operador del sector alimentario en cuestión.

Los precios suben un 0,9% en agosto. Un 8,5% respecto a hace dos años y un 20,9% respecto a hace tres

Los españoles pagaron un 8,5% más caro los alimentos de la cesta de la compra que hace dos años, según los datos del barómetro de consumo realizados por Circana.

En concreto, el informe muestra que prosigue la tendencia de desaceleración de los precios en gran consumo con el 0,9% en agosto frente al año pasado, pero eso no significa que los precios sean baratos, ya que se pagó por la cesta de la compra un 8,5% más respecto a hace dos años y 20,9% más respecto a hace tres.

Todos los departamentos registran una tendencia positiva, destacando los de perfumería e higiene (+5,7%) y droguería y limpieza (+4,4%), mientras que los segmentos que mejor evolucionaron fueron los de cosmética facial (+19,1%), pañales de incontinencia (+10,5%) y productos de 4-5 gama (+10,4%).

No obstante, el buen resultado de agosto sigue contribuyendo a la recuperación de la demanda, a una mejoría en el acumulado del año, 3,8% en estos primeros ocho meses del año respecto del año pasado, y a la evolución positiva en el último año móvil, del 4%.

Respecto a los precios siguen bajando, siendo los únicos que crecen ligeramente los de alimentación y frescos, con un alza del 1,5% y 1,4%, respectivamente.

Este mes el chocolate es el producto que más incrementa su precio, quitándole el liderazgo al aceite de oliva. En concreto, se encarece un 15% en agosto y acumula en el año un 15% debido a las menores cosechas del cacao por mala climatología y plagas, viéndose también afectadas ptras familias relacionadas como la repostería.

En cuanto a la demanda y en el acumulado del año, destacan los platos preparados refrigerados (+15,9%), impulsados por la tendencia de conveniencia, y otros aceites (+13%), empujados por el encarecimiento del aceite de oliva.

Por su parte, la marca de distribuidor continúa evolucionando positivamente frente a las marcas de fabricante, alcanzando ya en valor una cuota de mercado del 50% y un crecimiento del +10 % frente al año pasado.

Por canales, el 'online' y el súper grande son los que presentan mejor evolución en volumen con crecimientos positivos de 16,6% y 10%, respectivamente, mientras que los que peor comportamiento registran son los hipermercados, con una caída del 0,4%.

El precio del alquiler sigue subiendo y CLM se mantiene entre las comunidades más económicas 

El precio del alquiler de viviendas en España se incrementó un 10,2% en septiembre en tasa interanual, pero retrocedió un 2,4% frente al trimestre previo, hasta alcanzar los 13 euros por metro cuadrado, según datos del portal inmobiliario Idealista.

"La situación actual del alquiler en España es alarmante y requiere soluciones inmediatas. Para poner fin de forma urgente a esta sangría de la oferta que está disparando los precios tenemos que contemplar a los propietarios como la solución y no como el problema", ha pedido el portavoz de Idealista, Francisco Iñareta.

El experto ha culpado a los "años de políticas restrictivas" de haber provocado la retirada de viviendas del mercado, así como la de los potenciales inversores, por lo que ha pedido medidas para "flexibilizar y equilibrar" la relación entre las partes y proporcionar al propietario "mayor seguridad jurídica".

TODAS LAS PROVINCIAS Y CCAA AUMENTARON SU PRECIO EN EL ÚLTIMO AÑO

Todas las provincias españolas registran precios del alquiler más elevados que hace un año. El mayor incremento se ha registrado en Cáceres, donde los precios ascendieron un 29,5%. También han sido relevantes las subidas registradas en Madrid (+16%), Valencia (+15,4%), Cuenca (+13,7%), Ávila (+13,1%), Soria (+12,4%), Toledo (+12,1%) o Barcelona (+11,8%).

De esta manera, los precios más elevados se registraron en Barcelona, con 19,2 euros por metro cuadrado al mes, Madrid (18,7 euros), Baleares (18 euros) y Guipúzcoa (16,4 euros).

En el lado contrario, Jaén es la provincia más económica para alquilar una vivienda, con 6 euros por metro cuadrado, seguida por Ciudad Real (6,1 euros), Zamora (6,4 euros), Lugo, Ourense, Teruel y Badajoz (6,7 euros en todas).

Por autonomías, el precio subió en todas en tasa interanual. La mayor subida se dio en la Comunidad de Madrid (+16%), Extremadura (+15,9%), Comunidad Valenciana (+13,4%), Cantabria (+11,6%), Baleares (+11,4%) y Asturias (+11,3%). Navarra registró la menor subida, con un 5,1% más.

De esta manera, Madrid fue la comunidad con el alquiler más caro, ya que alcanza los 18,7 euros por metro cuadrado, seguida por Baleares (18 euros), Cataluña (17,4 euros) y Euskadi (14,1 euros).

En el lado opuesto están Castilla-La Mancha (7,1 euros), Extremadura (7,1 euros) y La Rioja (8,2 euros), las comunidades más económicas.

 

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