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MOTOR MARZO: La UE acuerda instalar cargadores para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros para 2026

Información sobre tráfico y motor del mes de marzo.

28.03.2023

Sociedad en Castilla-La Mancha

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La UE acuerda instalar cargadores para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros para 2026

Los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado este martes un acuerdo provisional para ampliar la infraestructura de recarga con el despliegue de estaciones de carga de vehículos eléctricos al menos cada 60 kilómetros con una potencia de 400 kilovatios (kW) para 2026 e incrementarla a 600 kW para 2028.

El acuerdo informal, que aún debe ser definitivamente aprobado por los colegisladores, establece objetivos nacionales mínimos obligatorios para el despliegue de combustibles alternativos y contribuir al objetivo de la Unión Europea de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030.

Su principal meta es ampliar el despliegue de estaciones de carga o reabastecimiento de combustible alternativo para automóviles, camiones e incluso aviones estacionados.

Así, el texto también establece la obligación de tener una estación de carga cada 120 kilómetros para camiones y autobuses, pero estas estaciones deberán estar instaladas en la mitad de las principales carreteras de la UE para 2028 y ofrecer potencias de 1.400 kW a 2.800 kW según la ruta.

El sistema se complementará con dos estaciones de carga para camiones en áreas seguras de estacionamiento a partir de 2028, mientras que las excepciones a este despliegue se aplicarán a las regiones ultraperiféricas, las islas y las carreteras con muy poco tráfico.

Además, los negociadores también acordaron desplegar estaciones de repostaje de hidrógeno a lo largo de la red básica de la Red Transeuropea de Transporte al menos cada 200 km para 2031.

Por su lado, los puertos marítimos que tengan al menos 50 escalas portuarias de grandes buques de pasajeros, o 100 escalas portuarias de buques portacontenedores, deberán proporcionar electricidad en puerto a dichos buques de aquí a 2030.

El acuerdo establece también que los operadores de estaciones de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno deben garantizar la plena transparencia de los precios, ofrecer un método de pago común 'ad hoc', como la tarjeta de débito o de crédito, y poner a disposición datos pertinentes, como los relativos a la ubicación, por medios electrónicos, garantizando así que el cliente esté plenamente informado.

El sector del automóvil avisa de que el 30% de los coches no podrá entrar en zonas de bajas emisiones

El Círculo Neutral in Motion (NIM), formado por diferentes asociaciones del sector automovilístico español, ha advertido de que casi el 30% de los vehículos del país no podrán acceder a las zonas de bajas emisiones que están obligados a instaurar en su territorio los municipios de más de 50.000 habitantes y los de más de 20.000 que superen los valores contaminantes límite.

Esta situación deriva, a juicio de NIM, de que el parque automovilístico español tiene una edad media de 13,9 años (frente a los 12 años de la Unión Europea), por lo que pide medidas para rejuvenecerlo. "Un vehículo de 20 años contamina tanto" como cinco coches nuevos "de la misma tecnología y combustible", ha defendido la entidad en un comunicado.

"La normativa de las ZBE (zonas de bajas emisiones) (...) podría ayudar a mejorar, en parte, la calidad del aire de nuestras ciudades y a reducir el impacto sobre el cambio climático. Sin embargo, es esencial atajar primero el principal problema de fondo a través del rejuvenecimiento del parque automovilístico español, que actualmente supera en casi dos años a la media europea, que ronda los 12 años", ha añadido.

En este contexto, NIM pide al Gobierno diferentes medidas, entre ellas, ayudas directas a la compra de vehículos nuevos o de menos de cinco años, así como abordar la reforma de la fiscalidad de la automoción con la posible sustitución del impuesto de matriculación por una nueva tasa al uso.

También defiende la aplicación de distintas exenciones fiscales, como la tributación en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de las ayudas directas a la compra de coches nuevos o la deducción del impuesto de sociedades o del IVA (impuesto sobre el valor añadido) para empresas y autónomos para la adquisición de los vehículos de cero emisiones, algo que a juicio de la entidad "contribuirá de forma directa" a la renovación del parque.

"No tomar este tipo de medidas conllevaría a conservar la tendencia actual con el incremento de la edad media del parque nacional y, por lo tanto, a un envejecimiento mayor y a una movilidad menos inclusiva", ha argumentado.

En ese sentido, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se reunió la semana pasada con distintos representantes del sector automovilístico nacional y les trasladó una serie de medidas para acelerar la electrificación del sector.

En este contexto, Sánchez detalló que el Ministerio de Transportes, Urbanismo y Movilidad Urbana publicará "en breve" una nueva normativa que agilizará la instalación de puntos de recarga en la red de carreteras del Estado, una de las grandes peticiones de la industria para acelerar la penetración de los coches eléctricos en el país.

Asimismo, avanzó un refuerzo del programa de incentivos a la compra de vehículos eléctricos y de instalación de puntos de recarga, el denominado Moves III, al ampliar la posibilidad de electrificar las flotas empresariales hasta los 250 coches y permitir que los vehículos seminuevos puedan ser subvencionados, "incrementando así la oferta en el mercado", destacó el Gobierno en un comunicado.

La DGT refuerza la vigilancia ante los 5 millones de desplazamientos previstos por la festividad de San José

La Dirección General de Tráfico reforzará la vigilancia y regulación del tráfico en carretera con los medios humanos y materiales de los que dispone, en un fin de semana, el de San José, que se amplía un día más para los madrileños, al trasladar la Comunidad de Madrid dicha festividad al lunes 20 de marzo.

Durante estos tres días y medio, Tráfico prevé que se produzcan cinco millones de desplazamientos por carretera, muchos de los cuales tendrán como destino la capital valenciana para disfrutar de las Fallas y segundas residencias.

Teniendo en cuenta estas previsiones, se pueden producir retenciones puntuales de salida de la capital durante la tarde del viernes, y el sábado por la mañana, en las principales autovías, destacando la A-3 con destino al levante. Situación similar, se puede producir el lunes por la tarde de entrada a la capital.

Para minimizar las posibles afecciones a la circulación, Tráfico ha previsto una serie de medidas de regulación tales como la instalación mediante conos de un carril adicional en el sentido contrario que aumente la capacidad de la vía, siempre que no incida negativamente en la circulación del otro sentido; o la restricción de la circulación en ciertos días, tramos y horas de la circulación de camiones en general y de determinadas mercancías en particular.

También llevará a cabo la paralización de las obras que se estén desarrollando en las carreteras durante el fin de semana, ampliada al lunes 20 dentro del término geográfico de la Comunidad de Madrid; y limitará la celebración de pruebas deportivas y otros eventos que supongan la ocupación de la calzada.

Mueren nueve personas en ocho accidentes mortales en las carreteras españolas este fin de semana

Nueve personas han fallecido en los ocho accidentes de tráfico mortales que se han registrado este fin de semana en las carreteras españolas, según el balance provisional de la Dirección General de Tráfico (DGT) que abarca desde las 15.00 horas del viernes hasta las 20.00 horas de este domingo.

Por días, el viernes murió un motorista en un siniestro mortal; el sábado fallecieron siete personas en los seis accidentes mortales que se registraron; y el domingo una persona que conducía perdió la vida en un turismo.

El año pasado, en el mismo fin de semana, se registraron cinco víctimas mortales en los cinco accidentes de tráfico que se contabilizaron.

El Supremo fija que conducir bajo los efectos de las drogas es causa de despido disciplinario para transportistas

El Tribunal Supremo ha establecido que conducir bajo los efectos de las drogas es causa constitutiva de despido disciplinario para transportistas sin que sea necesario que haya maniobras extrañas o un siniestro circulatorio, y siendo únicamente necesario que se acredite analíticamente la existencia de los estupefacientes.

En una sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Social unifica doctrina y considera que el consumo de drogas es una conducta constitutiva de una causa de despido subsumible tanto en el laudo arbitral como en el Estatuto de los Trabajadores.

Los magistrados aplican esta doctrina al caso analizado y declaran procedente el despido de un conductor de autobús que dio positivo en consumo de cocaína en un control rutinario de la Guardia Civil mientras realizaba la ruta Cuenca-Madrid en 2020.

Tras la inmovilización del vehículo por los agentes, dos conductores tuvieron que desplazarse a la zona para terminar el servicio. Estos hechos provocaron retrasos en el trayecto por los que reclamaron los 39 viajeros que iban en el autobús, a los que la empresa devolvió el importe de los billetes. El conductor, con una antigüedad desde 2001, fue despedido.

Un juzgado de Cuenca consideró procedente su despido al considerar que los hechos eran muy graves, puesto que no solo se había incumplido un deber laboral, sino que además se había cometido una infracción administrativa en materia vial. También entendió que esta conducta ponía en peligro la vida de los viajeros y de quienes circulaban por vía pública, además de perjudicar la imagen de la empresa.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, por su parte, sentenció que como no se había acreditado que la conducción se viese influenciada por el consumo de sustancias tóxicas, con independencia del reproche moral que pudiera realizársele, esa conducta no bastaba para justificar el despido.

Con esos argumentos dio la razón al conductor y declaró improcedente su despido, condenando a la empresa a que optase entre la readmisión del trabajador o el pago de una indemnización de 84.529 euros. La empresa, por su parte, presentó recurso ante el Tribunal Supremo, que sí considera procedente el despido.

INFRACCIÓN "DE PELIGRO, NO DE RESULTADO"

Ahora, el alto tribunal interpreta el laudo arbitral dictado en 2000, asumido por el convenio colectivo, que describe comportamientos sancionables. En concreto, regula dos situaciones --superar una tasa de alcoholemia y conducir con influencia de drogas--, como la normativa de Seguridad Vial, que "no requieren requisitos adicionales al hecho en cuestión: ni presencia policial, ni previa detección de anomalías viales, ni protesta de usuarios del transporte, ni proximidad cronológica de la ingesta, ni reiteración del comportamiento, etc."

La Sala explica que se trata de una "infracción de peligro, no de resultado" y que en la norma sectorial queda claro que "superar la tasa de alcoholemia, en sí mismo, es lo que constituye el incumplimiento considerado como muy grave". "No su exteriorización o percepción subjetiva por parte de terceros", añade.

Para los magistrados, la conducción bajo los efectos de drogas, por tanto, no requiere que haya pruebas que acrediten esa conducta irregular, "del mismo modo que la alcoholemia no constatada externamente se configura, sin género de dudas, como situación sancionable, estar afectado por sustancias estupefacientes integra el tipo sancionador".

El fallo, ponencia del magistrado Antonio Sempere, expresa que la finalidad de la previsión parece clara: evitar riesgos y garantizar la seguridad vial. Por tanto, "el dato objetivo de dar positivo en la prueba de drogas supone que al tiempo de la conducción el trabajador tenía esa sustancia en su organismo con los efectos que la misma pudiera desplegar".

UN RASERO DIFERENTE A OTROS EMPLEOS

En conclusión, la sentencia fija que la literalidad del precepto no exige que la conducción bajo los efectos de ciertas sustancias vaya acompañada de otros datos. "La equiparación con el automatismo de la alcoholemia juega en tal sentido; la finalidad preventiva lo hace en el mismo sentido", añade.

La Sala indica que así se comprende que en el sector de transporte por carretera se aborde la presencia de sustancias alcohólicas o estupefacientes con un rasero y enfoque diversos al propio de otros ámbitos.

"Las obligaciones contractuales de quien se pone al frente de un vehículo autopropulsado y sin conducción robótica han de ser, por lógica y ejemplificativamente, diversas a las de quien desarrolla una actividad sedentaria y sin riesgo para terceras personas", recoge el fallo.

Para el tribunal, tanto la integridad física como el derecho a la vida aparecen comprometidos por el mero hecho de utilizar un transporte público terrestre, por lo tanto, "su mejor protección concuerda con la consideración de que quien conduce el vehículo está sujeto a severas exigencias para conseguir que se encuentre en adecuadas condiciones".

La Sala agrega que también debe valorarse que la conducta del conductor "incidió negativamente en la regularidad del servicio", lo que resulta evidente, pues debieron esperar a que llegaran los conductores que se hicieran cargo del autobús y, además, se constata con la reclamación de clientes por el retraso.

Asimismo, afirma que "resulta nítida la afectación y vinculación de la conducta imputada con la relación laboral, puesto que incide sobre la reputación del propio empleador, redundando en definitiva en su perjuicio". "No ya por la devolución del importe de los billetes sino, especialmente, por el descrédito que conlleva la noticia sobre lo acaecido y la eventual desconfianza que de la misma pueda derivarse", incide.

LA "NECESARIA CONFIANZA" EN LOS CONDUCTORES

La sentencia también subraya la relevancia que el transporte público posee en una sociedad avanzada e indica que las expectativas de quienes lo utilizan apuntan a la "necesaria confianza" en que las personas que manejan los vehículos "no solo poseen los conocimientos precisos, sino que también están en las condiciones adecuadas".

Considera que la profesión de conductor de un transporte público al que se realizó el control de ingesta de alcohol y drogas en control rutinario, con resultado positivo al consumo de la sustancia especificada, como en el caso examinado, exige un especial cuidado a la hora de cumplir con las exigencias de seguridad vial.

La Sala aclara que, más allá de la efectiva incidencia en sus capacidades del momento, el previo consumo (no negado, acreditados los restos del mismo) no constituye una conducta, en cuanto privada, intrínsecamente sancionable en la esfera laboral. Pero entiende que la situación es otra cuando acepta desarrollar su actividad de transportista sin previa comprobación de que las sustancias ingeridas han dejado de estar presentes en su organismo.

Asimismo, señala que el hecho de que el descubrimiento se realice en un control rutinario no destipifica la conducta, sino que obedece a la deseable y habitual vigilancia que los Cuerpos de Seguridad competentes deben llevar a cabo.

Campaña de vigilancia del uso del cinturón y de los Sistemas de Retención Infantil

A partir de hoy, lunes 6 de marzo, y hasta el próximo domingo 12, la Jefatura Provincial de Toledo de la Dirección General de Tráfico pone en marcha una nueva campaña especial de control centrada en la vigilancia del uso del cinturón de seguridad y de los sistemas de retención infantil en vías urbanas e interurbanas.

Con el objetivo fundamental de que todas las personas ocupantes de los vehículos, adultos o menores, independientemente del asiento en que se sitúen, hagan uso del cinturón de seguridad o del adecuado Sistema de Retención Infantil (SRI), los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de Toledo y los policías locales de los ayuntamientos que se han adherido a esta campaña, aumentarán la vigilancia de estos dispositivos de seguridad en todo tipo de vías.

En los meses de enero y febrero de 2023 en la provincia de Toledo, de las 1.569 sanciones interpuestas, 127 han sido por cinturón de seguridad o SRI (8%), que han conllevado un total de 506 puntos detraídos por este precepto, del total de los 4.780 puntos de sanción restados a los sancionados en estos dos meses del año.

Hay que recordar que, para evitar este tipo de comportamientos, se planteó la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor el 21 de marzo de 2022, en la que se ha elevado a 4 los puntos que se pierden por no utilizar el Sistema de Retención Infantil (SRI) adecuado o no hacerlo de la manera correcta, sanción que se aplica también en el caso del cinturón de seguridad.

Respecto a la accidentalidad, la provincia de Toledo ha ido reduciendo el número de personas fallecidas por no hacer uso del cinturón de seguridad. En el año 2021 fallecieron 6 personas por esta causa, el año pasado 3, y en lo que llevamos del 2023 se ha registrado 1 fallecido por esta razón.

Datos de la última campaña

La última campaña que se realizó en la provincia de Toledo sobre el uso del cinturón y los Sistemas de Retención Infantil (SRI) tuvo lugar del 4 al 10 de abril del año pasado, siendo la campaña en la que mayor número de ayuntamientos de la provincia participó hasta la fecha, con un total de 11 municipios.

En esta campaña se controlaron un total de 10.771 vehículos, de los cuales, 223 fueron denunciados, lo que supuso algo más del 2% de los vehículos controlados.

En la campaña celebrada en el 2022 aumentó el porcentaje de infractores que no hacían uso del cinturón de seguridad (2,07%) con respecto a los datos denunciados en la campaña realizada en el año 2021 (1,67%).

Los 27 aplazan sin fecha su luz verde al veto de coches de combustión

Los Veintisiete han aplazado sin fecha su aprobación formal del acuerdo para prohibir comercializar vehículos de combustión --incluidos los de gasolina, diésel e híbridos-- a partir de 2035 al constatar que las dudas de último momento expresadas por Alemania e Italia podrían poner en riesgo la adopción de la nueva norma.

La Unión Europea alcanzó el pasado otoño un acuerdo para que a partir de 2035 todos los turismos y furgonetas nuevos que se comercialicen en el mercado comunitario sean "cero emisiones", lo que en la práctica supondría el veto a los vehículos de combustión.

Sin embargo, la adopción definitiva de la norma, tras recibir el visto bueno de los países de la UE a nivel de embajadores --con las únicas reservas de Polonia y Bulgaria-- y del pleno del Parlamento Europeo está aún pendiente del último paso formal, la luz verde de los ministros.

La presidencia de turno de la UE, que este semestre ocupa Suecia, preveía incluir el asunto como punto para adopción sin discusión en un consejo de ministros ordinario, el próximo martes en Bruselas, pero la propia presidencia ha indicado que la decisión "queda pospuesta a una reunión posterior", sin apuntar una nueva fecha posible para retomar la cuestión.

El retraso, según distintas fuentes diplomáticas consultadas por Europa Press, responde al temor de que la nueva norma decayera en la votación a nivel de ministros si las dudas expresadas en los últimos días en público por los gobiernos alemán e italiano se tradujeran en votos en contra. Los votos en contra de Berlín y Roma, sumados al ya sabido rechazo de Polonia y la abstención de Bulgaria, serían ya suficientes para tumbar la norma.

Ya a principios de semana, el ministro alemán de Transportes, el liberal Volker Wissing, pidió como condición que la Comisión Europea presente una propuesta que acompañara la nueva norma para que los vehículos que funcionen con combustibles sintéticos ('e-fuels') puedan seguir comercializándose más allá de 2035 en la UE. Esta posición, no obstante, choca con la posición de los 'verdes' en el Gobierno de coalición alemán, como la ministra de Medio Ambiente, Steffi Lemke, que defiende respaldar el veto acordado a nivel europeo.

BRUSELAS EXAMINA LAS "DUDAS"

En este contexto, la Comisión Europea observa con cautela la situación inédita y pide tiempo para "estudiar con cautela" las reservas expresadas en el último momento por las delegaciones antes de tomar posición y responder a si contempla plantear alternativas en la línea que reclama Berlín.

"Examinamos las nuevas preocupaciones que han sido expresadas para ver cuál es el mejor modo de abordarlas", ha dicho en una rueda de prensa en Bruselas la portavoz del Ejecutivo comunitario Dana Spinant, sin querer dar más detalles sobre la respuesta que sopesan los servicios comunitarios.

La portavoz, asimismo, ha apuntado el compromiso de Bruselas para que se pongan en marcha todas las normas que son acordadas entre los Veintisiete y la Eurocámara y ha recordado que esta legislación en concreto cuenta con una "cláusula de revisión" para evaluar el ritmo de consecución de los objetivos y posibles ajustes si hay avances tecnológicos que lo permitan.

En este contexto, la presidenta de la Comisión, la conservadora alemana Ursula von der Leyen, se verá este domingo con el canciller alemán, Olaf Scholz, en el marco de un encuentro informal con el gobierno alemán en el Palacio de Meseberg que desde el Ejecutivo comunitario recalcan que estaba previsto "desde hace tiempo" y no aclaran si se aprovechará para abordar esta crisis.

Tráfico multa a casi 5.000 conductores de camiones y autobuses en una semana e inmoviliza a 72 vehículos

Tráfico ha inmovilizado en una semana 72 camiones y autobuses por motivos atribuidos al conductor o al vehículo que impedían continuar la circulación por carretera con seguridad y ha multado a 4.942 conductores por incumplimiento de las normas. La revisión de estos vehículos se produjo en el marco de la campaña especial de vigilancia de la Dirección General de Tráfico realizada del 13 al 19 de febrero destinada al transporte de mercancías y personas.

Durante los siete días que duró la campaña, organizada a nivel europeo por la asociación RoadPol bajo el nombre de Operation Truck&Bus, fueron sancionados 4.746 conductores de camiones y 196 de autobuses por no cumplir alguno de los preceptos de la normativa.

En concreto, 1.599 conductores fueron denunciados por infracciones relativas a los tiempos de conducción (1.561 camiones y 38
autobuses) y 309 por cuestiones relacionadas con el tacógrafo (283
camiones y 26 autobuses).

Asimismo 1.168 conductores (1.034 de camiones y 134 de autobuses) circulaban con irregularidades administrativas. Además, 605 conductores de camión fueron denunciados por exceso de peso o mala disposición de la carga y 343 conductores de camión y 6 de autobús fueron denunciados por exceder los límites de velocidad
establecidos.

Respecto a circular bajo los efectos del alcohol u otras sustancias psicotrópicas, 8 conductores de camión fueron denunciados por dar positivo a alcohol y 17 conductores de camión y 2 de autobús a otras drogas.

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