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El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas convocará la subasta a la que podrán concurrir quienes "con plena capacidad de obrar" acrediten unos criterios de selección mínimos determinados reglamentariamente como la solvencia técnica y económica, las características del local, del entorno y de distancias entre expendedurías que se especifiquen, entre otros.
A partir del 1 de enero del próximo año, el acceso a la titularidad se realizará previa convocatoria de una subasta, en la que se adjudicará al mejor precio ofertado y referida a zonas o polígonos definidos con criterios comerciales, de rentabilidad, de servicio público, de distancias entre expendedurías y de población.
La concesión tendrá una duración de 25 años y una vez vencido el plazo de vigencia, se convocará subasta para la provisión de nuevas expendedurías.
Hasta la nueva adjudicación, el anterior concesionario podrá seguir prestando el servicio previa autorización del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Dentro del plazo de concesión, las expendedurías pueden ser transmitidas a cualquier persona física que reúna los requisitos exigidos para ser concesionario, previa autorización del Comisionado para el Mercado de Tabacos, según consta en la enmienda 'popular'.
Asimismo, no podrán solicitar la transmisión ni participar en subastas aquellos titulares de expendedurías que hayan sido sancionados por una infracción muy grave en los últimos cinco años, o dos graves, en los últimos tres años, siempre que sean firmes.
Actualmente, la titularidad de estancos se adjudica previa convocatoria de concurso sobre bases no discriminatorias, objetivas y transparentes, basadas principalmente en criterios comerciales, de rentabilidad, de servicio público, de sanidad, de distancias entre expendedurías y de población (artículo 4.4 Ley 13/1998).
Según señala el PP en la enmienda, la concesión se instrumentará con arreglo a un pliego concesional que establecerá las condiciones del contrato, incluido el canon o prestación patrimonial de carácter público a satisfacer por el concesionario de expendedurías de tabaco y timbre en el ámbito del monopolio de tabacos.
El importe del canon, basado en criterios de población y de volumen de negocios, se determinará en las leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.
Las bases de la subasta, las cláusulas-tipo de los pliegos concesionales, las condiciones y requisitos para ser concesionario, los requisitos para la transmisión de la concesión, las causas de revocación de la misma, las obligaciones del expendedor y, en general, todo lo relativo al Estatuto Concesional serán objeto de desarrollo por vía reglamentaria.
Por P. Moratilla
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