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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publicó ayer la Orden de vedas de pesca, la norma que rige la actividad piscícola en la región para el año 2022. Esta orden recoge la relación de especies objeto de pesca, las épocas hábiles de su práctica, así como las tallas límite de captura, el número máximo de capturas por pescador o los cebos autorizados para cada especie.
El director general de Medio Natural y Biodiversidad, Félix Romero, ha recalcado que la nueva Orden de veda de pesca se realiza en base a las propuestas elaboradas por las correspondientes delegaciones provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible y con la participación de los diferentes Consejos provinciales y regional de Pesca.
De este modo, en cuanto a los periodos hábiles de pesca, se autoriza la pesca en aguas de baja montaña de la trucha común del 1 de abril al 30 de septiembre y en aguas de alta montaña del 1 de mayo al 15 de octubre. Por su parte, el vedado de cangrejo rojo se estipula del 1 de febrero al 31 de mayo. Para el resto de especies, la autorización se establece durante todo el año salvo en tramos trucheros, con las excepciones contempladas en la orden de vedas de pesca.
Gratuidad de las licencias de pesca
Además, el director general de Medio Natural y Biodiversidad ha recordado que, a partir del 16 de febrero de 2022, las licencias de pesca al igual que de caza en Castilla-La Mancha serán gratuitas para todas las personas residentes en la región. Una medida de la que se beneficiarán los más de 40.000 aficionados a la actividad piscícola en la Comunidad Autónoma.
“Con la entrada en vigor de esta exención, contribuimos a la práctica de dos actividades muy demandadas en nuestra región para que todos los ciudadanos que lo deseen puedan disfrutar de su pasión en el medio natural de un modo sostenible” ha dicho Romero.
Principales novedades para 2022
Entre las principales novedades de la nueva Orden de vedas de pesca del año 2022, en la provincia de Albacete se equiparan las limitaciones existentes en el río Jardín y en el embalse de la Fuensanta a las existentes en aguas trucheras, al ser zona de presencia de esta especie.
En la provincia de Ciudad Real, se establece un cupo de cinco barbos por pescador y día en todos los cursos y masas de agua.
Por su parte, en la provincia de Cuenca, se modifica la fecha de cierre de la pesca de la trucha común en el tramo colindante del río Cabriel con la Comunidad Valenciana al objeto de coordinar las normativas de pesca de ambas comunidades autónomas y se eliminan los dos únicos puntos que existían de pesca con muerte de la trucha común pasando ya a estar toda la región la pesca de la trucha común ‘sin muerte’.
Además, en la provincia de Toledo no se permite la pesca de barbo comizo en el río Tajo a su paso por la provincia y especies como la boga del Tajo y el cacho solamente se pueden pescar en la modalidad sin muerte.
En la provincia de Guadalajara, en el tramo del río Sorbe entre las confluencias con el río Sonsaz y con el río Henares, se evitará el uso de botas o vadeadores con suelas de fieltro para evitar la dispersión de moco de roca (Didymosphenia geminata), una especie invasora que puede causar graves daños ambientales y un gran deterioro del ecosistema y del hábitat de peces y otros organismos acuáticos autóctonos.
“Todas estas medidas, realizadas bajo criterios técnicos y científicos, buscan una práctica de la pesca respetuosa con el entorno y ambientalmente viable con estrategias adaptadas a cada una de las masas de agua de nuestra región bajo principios de gestión y aprovechamiento sostenible para la conservación de la biodiversidad en la región”, ha concluido Romero.
Por P. Moratilla
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